Violencia psicológica en el trabajo: abuso de poder

La violencia psicológica en el trabajo es un problema grave que afecta la salud y el bienestar de las personas que trabajan. Se trata de una forma de abuso de poder que tiene como objetivo excluir o someter al otro, y puede manifestarse de diversas maneras, como agresión física, acoso sexual o acoso psicológico.

Contenido

¿Qué se considera violencia laboral?

La violencia laboral se entiende como una forma de abuso de poder que busca excluir o someter al otro. Puede manifestarse como agresión física, acoso sexual o acoso psicológico. Esta forma de violencia puede presentarse tanto en sentido vertical (ascendente o descendente) como entre pares, y puede ejercerse tanto por acción como por omisión. Es importante destacar que la violencia laboral afecta la salud y el bienestar de las personas que trabajan, y configura una violación a los derechos humanos y laborales.

¿Cuáles son las formas de la violencia laboral?

Las formas de violencia laboral más comunes son:

  • Agresión física: Se refiere a toda conducta que directa o indirectamente esté dirigida a ocasionar un daño físico sobre el trabajador o trabajadora.
  • Acoso sexual: Consiste en conductas o comentarios reiterados con connotación sexual basados en el poder, y que no son consentidos por quien los recibe.
  • Acoso psicológico: Se trata de una situación en la que una persona o grupo de personas ejerce un maltrato verbal o modal de manera recurrente y sostenida en el tiempo, con el objetivo de desestabilizar, aislar, destruir la reputación, deteriorar la autoestima y disminuir la capacidad laboral de un trabajador o trabajadora.

¿Cuáles son las consecuencias de la violencia laboral?

La violencia laboral tiene consecuencias tanto para el trabajador o trabajadora como para la organización y la sociedad en general. Algunas de las consecuencias más comunes son:

  • En el trabajador o trabajadora: La violencia laboral puede afectar la salud psico-física de la persona, y puede producir consecuencias negativas en sus relaciones sociales y familiares.
  • En la organización: La violencia laboral puede generar malestar entre los trabajadores/as, disminución en la productividad, desaprovechamiento de capacidades, pérdidas económicas y desprestigio social.
  • En la sociedad: La violencia laboral consolida la discriminación, favorece el descreimiento en las instituciones y en la justicia.

¿Qué NO es violencia laboral?

Es importante diferenciar la violencia laboral de otros fenómenos relacionados con el trabajo, como los conflictos laborales, las exigencias organizacionales, el estrés laboral y el burnout.

violencia psicologica en el trabajo - Qué se considera violencia laboral

  • Conflictos laborales: Los conflictos laborales son divergencias o dificultades de relación entre las personas o por reclamos relativos a las condiciones laborales. Estos problemas y sus causas son explícitos y pueden identificarse fácilmente.
  • Exigencias organizacionales: Las exigencias organizacionales pueden presentarse en el trabajo, siempre y cuando se respete la dignidad del trabajador y sus derechos patrimoniales, y no se abuse de los mismos. Por ejemplo, cambios de puesto, sector u horario, períodos de mayor exigencia, etc., siempre que sean conformes al contrato de trabajo y a las reales necesidades de la organización.
  • Estrés laboral: El estrés laboral es una respuesta fisiológica, psicológica y de comportamiento de un individuo que intenta adaptarse y ajustarse a presiones internas y externas. Es una consecuencia de la actividad o tarea y se manifiesta en una serie de alteraciones psicológicas y físicas.
  • burnout : El burnout, también conocido como síndrome de agotamiento profesional, se manifiesta con episodios de despersonalización y sentimientos de baja realización personal. Ocurre con mayor frecuencia entre los trabajadores de los sectores de la salud y la educación.

En la normativa laboral vigente, ¿hay alguna referencia respecto de la discriminación arbitraria?

El artículo 81 de la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo establece el principio de igualdad de trato y no discriminación como uno de los principios generales del derecho laboral. Este principio se aplica en todo el desarrollo del contrato de trabajo, tanto al celebrarlo y ejecutarlo como en el momento de su extinción. El artículo establece que se debe dispensar igual trato en identidad de situaciones, y prohíbe la discriminación arbitraria. Sin embargo, se permite la diferencia de trato cuando responda a principios de bien común, como la mayor eficacia, laboriosidad o contracción a las tareas por parte del trabajador.

Es importante destacar que corresponde al trabajador probar la identidad de situaciones y el trato desigual, mientras que al empleador le corresponde demostrar las razones que justificaron la desigualdad.

¿Cuáles son las vías de contacto de la Oficina de Asesoramiento sobre Violencia Laboral?

La Oficina de Asesoramiento sobre Violencia Laboral cuenta con las siguientes vías de contacto:

  • Dirección: Alem 650, piso 4
  • Teléfonos: (011) 4310-5525
  • Correo electrónico: [email protected]

Tener en cuenta que, debido a la situación de público conocimiento relacionada con el coronavirus (CoVid-19), la atención e información se realizan a través del Centro de Orientación al Ciudadano (COC) telefónicamente al 0800 666 4100, por correo electrónico a [email protected] o por formulario de contacto.

¿Dónde puedo concurrir para una entrevista?

Las entrevistas con la Oficina de Asesoramiento sobre Violencia Laboral son de carácter confidencial y personal. Para solicitar una entrevista personal, es necesario comunicarse previamente al teléfono (011) 4310-5525 en días hábiles de 9 a 17 hs y solicitar un turno de atención personal. En el contexto actual de la pandemia de coronavirus, se recomienda utilizar las vías de contacto mencionadas anteriormente para obtener información y asesoramiento.

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